Este martes el Senado aprobó el proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito para prevenir la venta de vehículos robados motorizados.

La ley que previene la venta de vehículos robados sanciona una serie de conductas como la conducción con la placa patente oculta que se aumenta a “falta gravísima” y ordena diversas obligaciones para fabricantes y automotoras en materia de comercialización de los vehículos.

Además se establece la obligatoriedad de grabar la patente en ventanas y espejos de autos nuevos y usados y la prohibición de conducir con luces y focos diferentes a los autorizados.

Infracciones y multas con la nueva ley que previene venta de vehículos robados

La nueva ley para prevenir la venta de vehículos robados sanciona con presidio menor en su grado medio a máximo.

Además establece la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla hasta por 5 años.

En caso de conducir un vehículo con placa patente falsa, alterada o que corresponda a otro vehículo la multa corresponde de 50 a 100 UTM.

La iniciativa también impone las siguientes prohibiciones y multas:

  • Prohibición de usar, adosar y/o conducir con luces o focos distintos o adicionales a los permitidos por la ley.
  • Prohíbe al público la venta y carga de combustible a los vehículos motorizados que no cuenten con su placa delantera o trasera. Se castigará con una multa de 10 a 100 UTM a concesionarios o dueños de la estación de servicio que incurra en esta práctica.
  • Se sancionará contravenir la normativa sobre el uso obligatorio del casco protector y demás elementos de seguridad al conducir bicicletas, motocicletas o vehículos similares.
  • La conducción de vehículos motorizados utilizando un casco que no cumpla con la obligación establecida constituirá infracción.

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